¿POR QUE APURARNOS?
Cap. Edicto Alexander Gil Rodriguez
Como Integrante del componente de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, me desempeñe en cargos y bajo funciones íntimamente relacionadas con la materia ambiental ya que en el territorio nacional, la protección y el resguardo del ambiente son competencias de mencionado cuerpo de seguridad, así como también la importancia e integración bajo la voluntad de la ley, en la Guardería Ambiental, actualmente cursando la carrera de pre-grado bajo la figura de: Carrera-Programa Derecho en la Universidad Yacambu, una universidad ambientalista en la cual curso la materia denominada Derecho Ambiental y bajo un encuentro de saberes y experiencias en dicha rama del conocimiento, me veo motivado a invitarles para que lean una información de tipo ambiental que refleja un pensamiento critico o auto critico (según sea la interpretación), con respecto a nuestra relación diaria con el ambiente, esto es, relación entre el ser humano y el ambiente.
INTRODUCCIÓN AL TEMA
En medio de un evolutivo desarrollo de los seres vivos por cierto apresurado y una constante lucha por el equilibrio entre el ambiente y los seres que allí habitan, es menester indagar desde los conceptos básicos en materia ambiental hasta el descubrimiento de los focos de destrucción al mismo, en tal sentido se puede inducir que los seres humanos necesitamos conocimiento y practica, en forma detallada me refiero a conocer que es el ambiente, cuales son mis derechos y mis deberes frente a este y que es contaminación, así como también, de que manera puedo colaborar para impedir o al menos reducir los niveles de contaminación a ese espacio físico que denominamos Ambiente, no sin antes mencionar que la información es basta y la doctrina variada por lo cual abordaremos el tema de manera general sin ánimos de que sea genérica.
MARCO TEÓRICO
El ambiente es el conjunto de elementos naturales y sociales que se relacionan estrechamente, en los cuales se desarrolla la vida de los organismos y está constituido por los seres biológicos y físicos. La flora, la fauna y los seres humanos representan los elementos biológicos que conforman el ambiente y actúan en estrecha relación necesitándose unos a otros.
La contaminación es la alteración nociva del estado natural de un medio como consecuencia de la introducción de un agente totalmente ajeno a ese medio (contaminante), causando inestabilidad, desorden, daño o malestar en un ecosistema, en un medio físico o en un ser vivo. El contaminante puede ser una sustancia química, energía (como sonido, calor o luz), o incluso genes. A veces el contaminante es una sustancia extraña, o una forma de energía, y otras veces una sustancia natural.
El derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos inter subjetivos.
Ahora bien, en conocimiento de estos términos:
¿Que es el Derecho Ambiental?
Para el tratadista de Derecho ambiental Raul Brañes es el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de organismos vivos y sus sistemas de ambiente mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
Artículo 127 Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
CONCLUSIÓN
Estimadas y Estimados lectores ya en conocimiento de los conceptos, teorías, interpretaciones y análisis que se realizan en material ambiental y ya con previo conocimiento lógico respecto de los focos de contaminación, podemos recordar lo mencionado con anterioridad, ''Los seres humanos necesitamos en materia ambiental, conocimiento y practica'', si ya tienes el conocimiento de la problemática ambiental entonces porque no practicar lo aprendido, es decir, porque no tomar acciones para prevenir y disminuir la contaminación del ambiente; es ademas una obligación legal, notamos que la Constitución nacional establece el ambiente sano y ecologicamente equilibrado como un Derecho, pero también como un Deber e incluso no solo para esta sino también para las generaciones futuras, por tanto estimado/da lector/a te invito a tomar conciencia para así, con tu aporte y el de muchos mas lograr la preservación del ambiente lo que se resume en la preservación del principal bien jurídico tutelado por el ordenamiento jurídico interno de nuestra nación, LA VIDA...
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